La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP) constituye, junto con la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, uno de los dos pilares normativos que regulan la actividad de las Administraciones Públicas en España. La LRJSP ordena el régimen jurídico interno de las Administraciones: su organización, su funcionamiento, las relaciones entre ellas y la composición del sector público institucional. Su correcta comprensión es esencial para cualquier opositor al cuerpo de Administrativo de la Seguridad Social, pues delimita el marco en el que se inserta la actuación de los órganos gestores.
El artículo 3.1 de la Ley 40/2015 enuncia los principios que deben presidir la actuación y las relaciones de todas las Administraciones Públicas. Entre ellos destacan:
Estos principios no son meras declaraciones programáticas: sirven de criterio interpretativo y vinculan la actuación de los órganos administrativos, conectando directamente con el mandato del artículo 103.1 de la Constitución, que somete a la Administración a los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con pleno sometimiento a la ley y al Derecho.
El artículo 2.2 de la Ley 40/2015 define la composición del sector público institucional, que integra:
De este modo, el sector público institucional comprende el conjunto de entidades instrumentales a través de las cuales las Administraciones territoriales desarrollan sus fines, entre las que se encuentran las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.
Los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015 regulan el régimen jurídico de los órganos colegiados de las Administraciones Públicas. Esta regulación resulta especialmente relevante por su frecuente presencia en los exámenes. La Ley establece el régimen del Presidente del órgano colegiado, de los miembros, y del Secretario, así como las reglas sobre convocatorias y sesiones y el contenido de las actas.
El Secretario, conforme al artículo 18, es responsable de levantar acta de cada sesión, en la que se hará constar necesariamente los asistentes, el orden del día, las circunstancias de lugar y tiempo, los puntos principales de las deliberaciones y el contenido de los acuerdos adoptados. El acta se aprueba en la misma o en la siguiente sesión, pudiendo no obstante emitir el Secretario certificación de los acuerdos adoptados sin perjuicio de su ulterior aprobación.
La Ley 40/2015 debe entenderse de forma sistemática junto a la Constitución (artículos 103 y 106, que consagran el servicio objetivo a los intereses generales y el control judicial de la actuación administrativa) y la Ley 39/2015, que regula el procedimiento y los actos administrativos. Mientras la Ley 39/2015 mira hacia el ciudadano (el procedimiento), la Ley 40/2015 mira hacia el interior de la organización (la organización y el régimen jurídico), conformando ambas un conjunto coherente que el aspirante debe dominar con precisión, citando siempre los artículos aplicables.
1. De acuerdo con el artículo 2.3 de la Ley 40/2015, ¿qué entidades del sector público institucional tienen la consideración de Administraciones Públicas?
El art. 2.3 de la Ley 40/2015 atribuye la consideración de Administraciones Públicas a la AGE, las Administraciones autonómicas, las Entidades Locales y los organismos públicos y entidades de derecho público del art. 2.2.a). Las entidades de derecho privado no tienen esa consideración.
2. Un Ayuntamiento va a establecer una medida que limita el ejercicio de una actividad económica. Conforme al artículo 4 de la Ley 40/2015, ¿qué exige el principio de proporcionalidad en su actuación?
El art. 4.1 y 4.2 de la Ley 40/2015 impone que, al limitar derechos o exigir requisitos, las AAPP apliquen la proporcionalidad eligiendo la medida menos restrictiva, motiven su necesidad para el interés público, justifiquen su adecuación y evalúen periódicamente sus efectos.
3. El artículo 5 de la Ley 40/2015 prohíbe expresamente que se creen nuevos órganos cuando:
El art. 5 de la Ley 40/2015 establece que no podrán crearse nuevos órganos que supongan duplicación de otros ya existentes si al mismo tiempo no se suprime o restringe debidamente la competencia de estos.
4. Un Director general dictó un acto administrativo y posteriormente se interpone recurso contra él. ¿Puede delegar en otro órgano la resolución de ese recurso, según el artículo 9 de la Ley 40/2015?
El art. 9 de la Ley 40/2015 prohíbe delegar, entre otras competencias, la resolución de recursos en los órganos administrativos que hayan dictado el acto objeto de recurso.
5. Un órgano superior decide avocar para sí la resolución de un asunto que correspondía a un órgano dependiente. Conforme al artículo 10 de la Ley 40/2015, ¿cabe recurso contra el acuerdo de avocación?
El art. 10 de la Ley 40/2015 establece que contra el acuerdo de avocación no cabrá recurso, aunque podrá impugnarse en el recurso que se interponga contra la resolución del procedimiento. La avocación se realiza mediante acuerdo motivado notificado a los interesados antes de la resolución.
6. Según el artículo 11 de la Ley 40/2015, la encomienda de gestión, que tiene por objeto actividades de carácter material o técnico:
El art. 11 de la Ley 40/2015 prevé que la realización de actividades materiales o técnicas pueda encomendarse a otros órganos o entidades por razones de eficacia, sin que ello suponga cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.
7. Según el artículo 14 de la Ley 40/2015, los conflictos de atribuciones solo podrán suscitarse entre órganos:
El art. 14 de la Ley 40/2015 establece que los conflictos de atribuciones solo pueden suscitarse entre órganos de una misma Administración no relacionados jerárquicamente, y respecto de asuntos sobre los que no haya finalizado el procedimiento.
8. Según el artículo 84.1 de la Ley 40/2015, ¿cuál de las siguientes entidades NO forma parte de la enumeración del sector público institucional estatal?
El art. 84.1 de la Ley 40/2015 integra el sector público institucional estatal por organismos públicos, autoridades administrativas independientes, sociedades mercantiles estatales, consorcios, fundaciones del sector público, fondos sin personalidad jurídica y universidades públicas no transferidas. Las mancomunidades de municipios son entidades locales, no figuran en esa lista.
9. Conforme al artículo 91 de la Ley 40/2015, la creación de los organismos públicos estatales se efectúa:
El art. 91 de la Ley 40/2015 establece que la creación de los organismos públicos se efectúa por Ley, que determinará el tipo de organismo, sus fines generales, el Ministerio de adscripción y los recursos económicos; la ley de creación debe acompañarse de un plan de actuación.
10. Conforme al artículo 103 de la Ley 40/2015, las entidades públicas empresariales se rigen por el Derecho privado, EXCEPTO en:
El art. 103 de la Ley 40/2015 dispone que las entidades públicas empresariales se rigen por el Derecho privado, excepto en la formación de la voluntad de sus órganos, en el ejercicio de las potestades administrativas que tengan atribuidas y en los aspectos regulados específicamente por la Ley 40/2015 y otras de Derecho administrativo.
11. ¿Cuál es la diferencia clave entre un organismo autónomo y una entidad pública empresarial según los artículos 98 y 103 de la Ley 40/2015?
Conforme a los arts. 98 y 103 de la Ley 40/2015, el organismo autónomo se rige por el Derecho administrativo y se financia esencialmente con cargo a los Presupuestos, mientras que la entidad pública empresarial se rige por el Derecho privado (salvo potestades públicas) y se financia mayoritariamente con ingresos de mercado.
12. Según el artículo 109 de la Ley 40/2015, las autoridades administrativas independientes son entidades de Derecho público que tienen atribuidas funciones de:
El art. 109 de la Ley 40/2015 define las autoridades administrativas independientes como entidades de Derecho público vinculadas a la AGE, con personalidad jurídica propia, que tienen atribuidas funciones de regulación o supervisión de carácter externo sobre sectores económicos o actividades determinadas, por requerir su desempeño independencia funcional o especial autonomía respecto de la AGE.
13. Se va a cubrir la titularidad de una Subsecretaría. Conforme al artículo 63 de la Ley 40/2015, el nombramiento debe recaer en un funcionario de carrera perteneciente a:
El art. 63 de la Ley 40/2015 dispone que los Subsecretarios son nombrados por Real Decreto del Consejo de Ministros a propuesta del titular del Ministerio, entre funcionarios de carrera del Estado, de las CCAA o de las Entidades Locales pertenecientes al Subgrupo A1.
14. Según el artículo 59 de la Ley 40/2015, ¿cuál es el orden jerárquico correcto de los órganos directivos del Ministerio?
El art. 59 de la Ley 40/2015 ordena jerárquicamente los órganos directivos así: Subsecretario, Director general y Subdirector general. Los Secretarios generales tienen rango de Subsecretario y los Secretarios generales técnicos rango de Director general.
15. Un ciudadano interpone un recurso contra la resolución de un Director general de un Ministerio. ¿A qué órgano corresponde, conforme al artículo 61 de la Ley 40/2015, resolver dicho recurso?
El art. 61 de la Ley 40/2015 atribuye al Ministro la función de resolver los recursos que se interpongan contra resoluciones de los órganos superiores y directivos del Departamento, salvo que la competencia esté atribuida a otro órgano.
16. En un Ministerio se quiere identificar qué órgano directivo dirige los servicios comunes y de quién depende la Secretaría General Técnica. Según el artículo 63 de la Ley 40/2015, ese órgano es:
El art. 63 de la Ley 40/2015 atribuye al Subsecretario la dirección de los servicios comunes y dispone que de él depende la Secretaría General Técnica.
17. Según el artículo 17.2 de la Ley 40/2015, para la válida constitución de un órgano colegiado se requiere la asistencia, presencial o a distancia, de:
El art. 17.2 de la Ley 40/2015 exige para la válida constitución del órgano la asistencia del Presidente y Secretario, o de quienes les suplan, y de la mitad, al menos, de sus miembros.
18. Durante una sesión de un órgano colegiado, un miembro propone deliberar sobre un asunto no incluido en el orden del día. Conforme al artículo 17.3 de la Ley 40/2015, ello solo será posible si:
El art. 17.3 de la Ley 40/2015 prohíbe deliberar o acordar sobre asuntos no incluidos en el orden del día, salvo que asistan todos los miembros del órgano colegiado y sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría.
19. Según el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, salvo previsión normativa de plazo superior, la duración máxima de un convenio es de cuatro años. ¿Cuál es la prórroga máxima que pueden acordar unánimemente los firmantes?
El art. 49.h) de la Ley 40/2015 fija la duración máxima del convenio en cuatro años y permite que, antes de su finalización, los firmantes acuerden unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales (4 + 4 = 8 años como máximo ordinario).
20. Conforme a los artículos 140 y 141 de la Ley 40/2015, ¿qué principio implica que una Administración tiene la capacidad de organizar y dirigir las actuaciones de otras en un espacio común?
Según los arts. 140 y 141 de la Ley 40/2015, la coordinación implica una posición de supremacía o dirección: una Administración tiene la capacidad de organizar y dirigir las actuaciones de otras en un espacio común, respetando sus competencias. Se distingue de la cooperación (voluntaria) y la colaboración (deber recíproco).
21. Entre las funciones del Delegado del Gobierno previstas en el artículo 73 de la Ley 40/2015 figura el ejercicio de potestades. ¿Cuál de las siguientes se le atribuye?
El art. 73 de la Ley 40/2015 atribuye al Delegado del Gobierno las potestades sancionadora y expropiatoria, así como las relativas a la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades y la seguridad ciudadana.
22. En las Comunidades Autónomas uniprovinciales, según la Ley 40/2015, ¿qué ocurre con las competencias del Subdelegado del Gobierno?
El art. 75 de la Ley 40/2015 establece que en las Comunidades Autónomas uniprovinciales el Delegado del Gobierno asume las competencias que correspondan al Subdelegado del Gobierno.
23. Según la Ley 40/2015, ¿en qué islas existirán Directores Insulares de la AGE?
El art. 78 de la Ley 40/2015 establece que existirán Directores Insulares de la AGE en las islas en que así se determine por norma reglamentaria.
24. Respecto a la AGE en el exterior, ¿qué carácter tiene la aplicación de la Ley 40/2015 frente a la Ley 2/2014?
El art. 80.2 de la Ley 40/2015 dispone que la AGE en el exterior se rige por la Ley 2/2014 y su normativa de desarrollo y, supletoriamente, por la propia Ley 40/2015.
25. En una provincia que forma parte de una Comunidad Autónoma con varias provincias se va a designar al órgano de la AGE responsable bajo la dependencia del Delegado del Gobierno. ¿Quién lo nombra y entre quiénes?
El Subdelegado del Gobierno en la provincia es nombrado por el Delegado del Gobierno mediante libre designación, entre funcionarios de carrera del Subgrupo A1 (art. 74 Ley 40/2015).
26. En una Comunidad Autónoma uniprovincial, un ciudadano se pregunta quién ejerce las competencias provinciales propias del Subdelegado del Gobierno. La respuesta correcta es:
El art. 75 de la Ley 40/2015 dispone que en las Comunidades Autónomas uniprovinciales el Delegado del Gobierno asume las competencias del Subdelegado del Gobierno.
27. Ordene de mayor a menor rango los siguientes órganos de la organización periférica del Estado según la Ley 40/2015:
El Delegado del Gobierno (rango de Subsecretario, art. 72) está por encima del Subdelegado del Gobierno (nivel de Subdirector general, art. 74), y el Director Insular depende del Delegado o del Subdelegado (art. 78), conforme a la Ley 40/2015.
28. Respecto a la existencia de Subdelegados del Gobierno en las provincias, la Ley 40/2015 establece que:
El art. 74 de la Ley 40/2015 dispone que en cada provincia y bajo la dependencia del Delegado del Gobierno podrá existir un Subdelegado del Gobierno.
29. Ante una situación que afecta a la seguridad ciudadana y al libre ejercicio de los derechos y libertades en el territorio de una Comunidad Autónoma, ¿qué órgano de la AGE ejerce las potestades correspondientes según la Ley 40/2015?
El art. 73 de la Ley 40/2015 atribuye al Delegado del Gobierno las potestades relativas a la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades y la seguridad ciudadana.
30. La Ley 40/2015 se aprobó junto con otra Ley reguladora del procedimiento administrativo común. ¿Cuál es?
La Ley 40/2015 (organización y régimen interno del sector público) se aprobó junto con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común (LPAC). Ambas derogan a la Ley 30/1992 y a la Ley 6/1997 (LOFAGE).
31. Conforme al artículo 2.1 de la Ley 40/2015, ¿cuál de los siguientes NO integra el sector público a efectos de dicha Ley?
El art. 2.1 de la Ley 40/2015 integra en el sector público: la AGE, las Administraciones de las CCAA, las Entidades de la Administración Local y el sector público institucional. Los partidos políticos no figuran en esa enumeración.
32. El artículo 3.1.e) de la Ley 40/2015 obliga a las AAPP a respetar, entre otros, el principio de:
El art. 3.1.e) de la Ley 40/2015 recoge expresamente el principio de buena fe, confianza legítima y lealtad institucional entre los principios que las AAPP deben respetar en su actuación y relaciones.
33. Conforme al artículo 3.4 de la Ley 40/2015, cada Administración Pública actúa para el cumplimiento de sus fines con:
El art. 3.4 de la Ley 40/2015 establece que cada Administración Pública actúa para el cumplimiento de sus fines con personalidad jurídica única.
34. Según el artículo 3.2 de la Ley 40/2015, ¿a través de qué medios se relacionarán las AAPP entre sí y con sus organismos y entidades vinculados o dependientes?
El art. 3.2 de la Ley 40/2015 dispone que las AAPP se relacionarán entre sí y con sus órganos, organismos públicos y entidades vinculados o dependientes a través de medios electrónicos, asegurando la interoperabilidad y seguridad de los sistemas y la protección de datos.
35. Según el artículo 5 de la Ley 40/2015, tendrán la consideración de órganos administrativos las unidades administrativas a las que se atribuyan funciones que:
El art. 5 de la Ley 40/2015 considera órganos a las unidades administrativas a las que se atribuyan funciones que tengan efectos jurídicos frente a terceros, o cuya actuación tenga carácter preceptivo.